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Se arma el fisco

Hacienda se pertrecha de un nuevo armamento pesado para liquidar defraudadores fiscales y reorganiza sus efectivos

Engañar al fisco ha sido hasta ahora un negocio bastante rentable para el contribuyente. Las sanciones impuestas, cargando un interés del 8%. a la deuda tributaría pendiente -mientras el dinero se compraba en el mercado, con suerte, al 18%-, y las escasas probabilidades de ser cazado -excepto en el caso de los asalariados- favorecían el fraude.Hacienda disponía de un sistema contradictorio de infracciones que hacía económicamente rentable la conducta infractora; por ello, el comportamiento económico más racional, al margen de consideraciones morales, incitaba a ocultar la verdadera base imponible.

El Gobierno trata ahora de enmendar el parche con una batería normativa que incluye un proyecto de ley de Infracciones y Sanciones Tributarias, que será aprobado posiblemente en febrero, donde se aumentan brutalmente las multas -hasta un 300% (le la cantidad defraudada, en caso de reincidencia-, y un decreto-ley de amnistía fiscal para aflorar el dinero negro.

El tipo de interés de la deuda tributaria será el del mercado, más un plus de castigo si los inspectores entienden que existía ánimo de defraudar. También preparan una nueva normativa, con rango de ley orgánica, para reformar el Código Penal en materia de delito fiscal y poder meter en la cárcel con más facilidad a los delincuentes fiscales. (Hasta hoy sólo se ha aplicado el delito fiscal en un caso.)

Está ya en marcha, además, la reforma de la Administración tiÍbutaria, con la creación de 250 administraciones territoriales, en las que estarán censados los ocho ni¡llones de contribuyentes, para aumentar el riesgo de los que incluinplen sus obligaciones fiscales, encareciendo su anterior conducta infractora o delictiva.

El proyecto de ley de Infracciones y Sanciones Tributarías trata de instaurar el principio de "neutralización financiera" como punto de partida, y que consiste en el cobro de los intereses de mercado, con recargo, a todas aquellas cantidades que se ingresen a Hacienda con posterioridad a la fecha en que ésta debió recibirlas. La ley pretende desincentivar el conocido sistema actual por el que la per sona física o jurídica solía financiarse a través de la Hacienda pública.Los que mienten pueden sufrir multas hasta el 300%

De hecho, la multa actual no su ponía apenas castigo, ya que vertía a suponer un 50%. de la omisión, y en caso de firmar la conformidad al acta del inspector correspen diente, el contribuyente podía verla reducida al 25%. La diferenci entre el tipo de interés del 8% aplicado durante varios años acumulados y el tipo real del mercado del dinero arrojaba habitualmente un beneficio nada despreciable para el contribuyente. De ahí que la recaudación por simple neutralización financiera puede suponer, según expertos fiscales, más dinero para Hacienda que la pérdida por fraude.

Además de esta neutralización financiera, se establecen recargos para distinguir las conductas del contribuyente según su intencionalidad al producir un daño económico al fisco. Aquellos que pongan a disposición de Hacienda toda la información necesaria para determinar sus obligaciones tributarias pero, en cambio, liquiden erróneamente por incorrecta interpretación y sin malicia pagarán sólo el interés sobre la demora.

Sin embargo, la ley prevé un abanico de fuertes sanciones para los contribuyentes que oculten o falseen la información que facilitan a Hacienda. En la nueva legislación desaparece la condonación automática de la mitad de la omisión si se firma la conformidad. La multas van desde el 50% hasta el 100% en caso de omisión, y desde el 100% hasta el 300% en caso de defraudación, variando la gravedad de la sanción según el comportamiento particular y la historia fiscal del contribuyente.

La nueva sanción debería ser multiplicada ahora, según algunos especialistas que han participado en la redacción del proyecto de ley, por la nueva esperanza matemática o probabilidad de que descubran la omisión o el fraude, que se verá sensiblemente aumentada por la reforma de la Administración tributaria, que reorganiza y refuerza los efectivos gestores e inspectores de Hacienda.

Por otra parte, la legislación sancionadora irá acompañada de un decreto-ley que promueve una cierta amnistía fiscal para el dinero negro, escondido al fisco a través de los crecientes activos financieros al portador (pagarés, bonos, cédulas hipotecarias, etcétera), todos ellos, públicos y privados, exentos hasta ahora de retención fiscal en el momento de comprarlos (véase EL PAÍS de 24 de enero de 1984).

El monopolio de creación de 'dinero negro'

Sin embargo, la intención inicial de este proyecto de decreto-ley ha sido, en opinión de inspectores de Hacienda, técnicamente adulterada por el nerviosismo de las autoridades monetarias, más preocupadas por la dificultad de cubrir a final de año hasta tres billones de pesetas en pagarés del Tesoro, y por los beneficios del Banco de España, que por la recaudación de impuestos.

En el fondo de esta batalla singular aparecen claramente enfrentadas las posiciones de los monetaristas del banco emisor y las de los recaudadores de Hacienda. Los primeros han incluido en el citado decreto-ley una polémica corrección de última hora por la que sólo los pagarés del Tesoro seguirán exentos de la retención del 15% impuesta a todos los demás activos financieros.

Los especialistas fiscales y los medios bancarios consultados consideran que con la improvisada corrección el citado decreto-ley atribuye al Estado el "monopolio de creación de dinero negro", ya que el dinero que salga huyendo de los demás activos sometidos a retención fiscal se refugiará en joyas, cajas fuertes y, lo que es obviamente más actractivo e igualmente oculto por ser al portador, en pagarés del Tesoro, convertidos por el Gobierno socialista, si prospera esta corrección, en "incitadores al fraude".

Los defensores de este privilegio para los pagarés del Tesoro argumentan que aunque se le dan al contribuyente ventajas al realizar la inversión al portador sin retención fiscal, no podrán, sin embargo, ocultar esta operación en la declaración de la renta, debido a la mejora de la legislación sobre sanciones e infracciones y sobre Administración tributaria. Naturalmente, los encargados de recaudar prefieren una retención en mano que cien presuntas declaraciones volando.

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El debate interno en tomo a este decreto-ley blaqueador de dinero negro -que permitirá incrementos patrimoniales sin atender a su origen, y sin repercusión, en el primer -año, en el impuesto sobre la renta, y sólo sobre el patrimonio- sigue abierto hasta que un próximo Consejo de Ministros, probablemente dentro de dos semanas, adopte una postura definitiva.

La expectación en medios financieros y tributarios es grande, debido al efecto que una u otra opción puede tener sobre la cuenta de resultados del Banco de España, de cuya plantilla proceden tanto el ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer, como el director general del Tesoro, Raimundo Ortega, y debido también a la carga política que llevan ambas posiciones inicialmente técnicas.

Un mercado no neutral

Los detractores de la exención de retención fiscal para los pagarés del Tesoro argumentan que el dinero negro no sería blanqueado, sino que seguiría ennegreciéndose esta vez en los activos públicos privilegiados en un mercado no neutral.

Otra de las razones esgrimidas en esta polémica interna es la pérdida de fuerza moral para la recaudación regular de los impuestos. La presunta exención discriminatoria -que ha pasado por varias reescrituras en los últimos días, no descartándose del todo su desaparición final- trata de obtener más dinero y a menor tipo de interés, ya que el comprador descuenta la ventaja fiscal a la hora de comprar este papel del Estado.

Algunos observadores ven otro problema en el citado decreto-ley: inicialmente se incita al contribuyente a invertir su dinero en pagarés del Tesoro, atrayéndole con la ventaja de la no retención fiscal, pero al mismo tiempo se preparan mecanismos para obligar a los intermediarios financieros a dar información fiscal sobre sus operaciones. Es decir, si prospera la no retención, el Gobierno dará facilidades para defraudar con una mano, pero pasará a cuchillo, con la otra mano, a aquellos defraudadores que consiga identificar posteriormente.

Y algunos pueden sentirse engañados porque el proyecto de decreto-ley habla de no retención fiscal, pero no hace alusión alguna a que estas inversiones en pagarés del Tesoro -aunque estén ocultas bajo un papel público, pero con el sobrenombre de "al portador" y que va luego de mano en mano están obligadas a pagar los impuestos -correspondientes al hacer la declaración del impuesto sobre la renta.

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