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Las centrales sindicales enjuician la futura libertad sindical

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«Queda en pie la estructura vertical»Nicolás Sartorius, CCOO.

El texto de la ponencia mejora evidentemente en una serie de puntos el primitivo proyecto, especialmente la eliminación de la suspensión gubernativa. No obstante, sigue conteniendo aspectos negativos importantes que deberían ser recogidos:

1. No hay declaración expresa de la libertad sindical tal y corno lo recoge la OIT y hemos pedido tantas veces.

2. Queda en pie la estructura vertical en forma de AISS o CNS, y ello es incompatible con la libertad sindical. Además de capítulos claves de la ley Sindical del 71 que debe ser derogada.

3. El artículo 3 es muy negativo y contempla la posibilidad de que el Gobierno niegue la legalidad a la organización que quiera. Existe el recurso a los tribunales, pero ¿sobre qué leyes juzgan los tribunales?, sobre las actuales, evidentemente, ¿y cuánto tiempo dura ese procedimiento?, nada se dice.

4. Se contiene la posibilidad de suspensión y disolución de un sindicato basándose en las actuales leyes, que no son democráticas.

5. Se le quitan a los trabajadores los locales y bienes de la Organización Sindical y los servicios asistenciales quedan en manos del vertical.

En todo caso, para tomar una posición definitiva habrá que conocer lo que salga de las Cortes. Sería muy importante que esta posición la tomen los sindicalos democráticos colectivamente.

«Con CNS no habrá libertad sindical»

USO

El proyecto de ley de reforma sindical que se está discutiendo en las Cortes presenta, desde nuestro punto de vista, dos problemas fundamentales:

1. No se puede hablar de libertad sindical sin la disolución de la CNS. La creación de la Administración Institucional de Servicios Socioprofesionales (AISS), el mantenimiento de la cuota, como una tasa parafiscal, el lanzamiento desde distintas UTT de sindicatos y sindicatillos de corte neovertical y corporativo suponen, en la práctica, un intento de conversión de la actual Organización Sindical con el único objetivo de atomizar el movimiento sindical y de usurpar el patrimonio.

2. La libertad sindical no se puede disociar del respto de las libertades democráticas Difícilmente puede existir la neutralidad Jurídica en un contexto político no democrático. Por otra parte, la reforma sindical no sólo supone la legalización de las organizaciones sindicales, sino también la creación de un nuevo marco de negociación colectiva, una nueva legislación laboral y el derecho de huelga como el resto de los derechos sindicales. Por último, para la USO el derecho de sindicación debe extenderse a todos los trabajadores sin excepción y, por tanto, también a los funcionarios cualquiera que sea su clase.

"Valoración positiva, con reservas"

UGT

«La Unión General de Trabajadores valora positivamente las mejoras introducidas por la ponencia en el proyecto de ley sobre derecho de sindicación pero entiende que ni aun con ello se logra una normativa satisfactoria para la clase trabajadora.

Nos parece que el término «organizaciones de trabajadores» se adecúa mejor a lo que son los órganos sindicales, y se ajusta a la terminología de la OIT. El mismo comentario merece el que haya desaparecido la «ventanilla» de las inscripciones, sustituyéndose por una «ventanilla» de depósito de estatutos. La eliminación de las falcutades concedidas a las autoridades gubernativas para suspender cautelosamente a las organizaciones sindicales es uno de los puntos exigidos por la UGT en su declaración de 6 de noviembre del pasado año.

Sin embargo, no podemos olvidar que la problemática sindical es un todo del que forman parte la formación de los asociados, la libertad de acción sindical en el trabajo, el derecho a los trabajadores de la Administración Pública a sindicarse, la soberanía de los miembros de una central sindical a tener personalidad jurídica desde que se lo propone o desde que nos lo propusimos, en nuestro caso, hace noventa años. Soberanía que se vería disminuida por un control judicial que vaya más allá de lo que es el orden jurídico general o que intente decir lo que han de hacer los trabajadores dentro de su propio terreno sindical.

lgualmente está por saber qué va a pasar con temas tan cruciales como es el de la representación, la negociación, la huelga, el patrimonio acumulado, etcétera. El Gobierno finalmente tiene que comprender que si a él le preocupa el destino de los funcionarios sindicales en la normalización de la institución,al movimiento obrero te preocupa, si cabe con más fuerza, el tema de los salarios congelados, de su patrimonio acumulado y del pavoroso desempleo existente.»

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