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Los análisis de Marta, protegidos

Un juez prohíbe a la federación internacional el uso del pasaporte biológico de la atleta como prueba en su presunto caso de dopaje.

Marta Domínguez, en el Senado.
Marta Domínguez, en el Senado. AS

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL) ha ordenado a la Federación Internacional de Atletismo (IAAF, en sus siglas en inglés) que “se abstenga temporalmente de utilizar los datos obtenidos en los análisis de sangre realizados” a Marta Domínguez, atleta palentina y senadora por el PP. Esos datos, concentrados en el pasaporte biológico de la fondista, son los que esgrime la IAAF ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) para pedir que se sancione durante cuatro años a la fondista por dopaje. Ahora, el TSJCL ampara “temporalmente” y hasta que tenga tiempo de estudiar la cuestión a Domínguez, que invocó la ley de protección de datos y acudió a los juzgados para denunciar a la IAAF y a la Federación española (RFEA) por vulnerar su privacidad al hacerse públicos, sin su autorización, los datos hematológicos de su pasaporte biológico. Del resultado de la batalla jurídica puede depender el prestigio de la palentina, ganadora del oro en los Mundiales de Berlín 2009 en 3.000 metros obstáculos y de la plata en la misma prueba en los Europeos de Barcelona 2010, dos momentos con los que coinciden los valores sospechosos detectados en su pasaporte biológico.

Además, el juez palentino también justifica estas medidas cautelares en que el proceso judicial “se está prolongando en el tiempo debido a la tardanza en la cumplimentación de la diligencia de emplazamiento” de la IAAF, “lo que está impidiendo entrar a resolver el fondo de asunto, pudiéndose entretanto llegar a dictar resolución por el citado Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS), que hiciera en parte inefectiva la sentencia que se dictara en su día por este juzgado”.

Esos datos son los que esgrime la IAAF para pedir que se sancione cuatro años a la fondista

Este auto judicial solo afecta a la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo porque, según el texto de cinco folios, “los datos hematológicos están siendo utilizados por la IAAF, no constando a ciencia cierta que lo haga la RFEA, cuyo presidente ha informado de que no se han personado ni tenido intervención en el procedimiento seguido ante el TAS”.

Además, el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Palencia considera que “la utilización de los datos hematológicos” de Marta Domínguez “dificultan que se haga efectiva la tutela que se pretende en el procedimiento principal, dado el hecho notorio de la fama y por ello dimensión pública de la actora”. Y cree que “los avatares del procedimiento ante el Tribunal Arbitral trascienden de un modo u otro a los medios de comunicación, lo que puede afectar de hecho, tanto al honor como al derecho a la intimidad de la demandante, dado que los datos hematológicos están relacionados con su salud”.

Aunque el Comité de Disciplina Deportiva de la RFEA ya absolvió el pasado marzo a Marta Domínguez de supuesta vulneración de la normativa antidopaje, la atleta y senadora por el PP de Palencia sigue manteniendo que aún se podían utilizar esos datos al no estar cerradas todas las actuaciones judiciales y administrativas contra ella.

La IAAF solicitó a la española una sanción de cuatro años por varios parámetros sospechosos en los valores sanguíneos de su pasaporte biológico que coinciden con sus dos grandes éxitos internacionales, el oro en los Mundiales de Berlín 2009 en 3.000 metros obstáculos y la plata en la misma prueba en los Europeos de Barcelona un año más tarde.

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