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Lo que debe saber una pyme para presentar el IS en plazo

El periodo de pago está delimitado por la fecha en la que concluye su periodo impositivo

La declaración del Impuesto de Sociedades no tiene un plazo único de presentación para todos los contribuyentes. Por el contrario, cada pyme tiene su propio calendario de pago, que está delimitado por la fecha en la que concluye su periodo impositivo.

En general, la declaración del Impuesto de Sociedades se lleva a cabo en el plazo de los 25 días naturales a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Así, para quien cuente con un ejercicio económico que coincide con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado en los 25 primeros días naturales del mes de julio.

Por el contrario, si el periodo impositivo no coincide con el año natural y finaliza un mes que tenga 30 días, el plazo de los seis meses debe computarse de fecha a fecha. En concreto, si termina su periodo impositivo el 30 de junio, el plazo de seis meses concluiría el 30 de diciembre del mismo año. A partir de esa fecha se computarán los 25 días naturales, por lo que el plazo empezará a computar el 31 de diciembre y concluirá el 24 de enero del año siguiente.

La Agencia Tributaria recuerda, no obstante, que aquellos contribuyentes cuyo plazo de declaración se hubiera iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden HFP/399/2017 deberán presentar la declaración dentro de los 25 días naturales a la fecha de entrada en vigor de esta normativa.

Esta obligación no se llevará a cabo en el caso de que presenten la declaración utilizando los modelos y formas de presentación contenidos en la Orden HAP/871/2016. En ella se aprueban los modelos de declaración aplicables a los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, en cuyo caso el plazo de presentación será el general expuesto en el segundo párrafo anterior de este apartado.

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