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El Supremo deniega la supresión de centros concertados si hay demanda

El Tribunal considera que cerrar clases privadas violenta el régimen dual

Ángeles Lucas
Alumnos en la entrada de un colegio de Sevilla.
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El Tribunal Supremo ha denegado la reducción de unidades de colegios concertados ordenada por la Consejería de Educación ante la existencia de plazas públicas suficientes.  La Junta había alegado criterios demográficos para eliminar una línea en un colegio sevillano, pero la última sentencia del Supremo, la tercera sobre este asunto, entiende que, pese a la disminución de población en Morón de la Frontera (Sevilla), las solicitudes en el centro privado concertado sumaban 51 plazas, una más que la ratio máxima para mantener dos unidades. Por el contrario, en el centro público había menos demanda que oferta.

Los representantes de los centros religiosos han defendido en el largo recorrido judicial contra la orden de Educación que la supresión de unidades responde a una posición "ideológica" y que debe mantenerse el concierto si hay demanda en sus centros, independientemente de la situación en los colegios públicos.

La Sala Tercera del Supremo desestima el principio de subsidiariedad de la enseñanza concertada que ha alegado la Junta por ser, según la sentencia, "contraria a la letra y al espíritu de la Constitución y de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación".

“La solución contraria a la que sostenemos", añade la sentencia del Supremo, "determinaría que la Administración educativa podría ir incrementado plazas en los centros públicos, y correlativamente suprimir unidades en los centros privados concertados (a pesar de que la demanda de los mismos se mantenga o se incremente y se cumpla la ratio profesor/alumnos), haciendo desaparecer esa necesidad de escolarización, y por dicha vía, derogar el sistema de conciertos previsto en la ley. Esta consecuencia distorsiona y vulnera el sistema que traza la Ley Orgánica de Educación, violenta el régimen dual que regula y se apoya en el principio de subsidiariedad que esta Sala Tercera ya ha desautorizado”.

La Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Andalucía (FSIE-A) ha manifestado su satisfacción ante la sentencia, que anula la del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que fue recurrida en casación por este sindicato. Esta organización defiende que la resolución "preserva los puestos de trabajo de los colegios con demanda de las familias, a la par que se afianza el principio de complementariedad de las redes educativas".

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Sobre la firma

Ángeles Lucas
Es editora de Sociedad. Antes en Portada, Internacional, Planeta Futuro y Andalucía. Ha escrito reportajes sobre medio ambiente y derechos humanos desde más de 10 países y colaboró tres años con BBC Mundo. Realizó la exposición fotográfica ‘La tierra es un solo país’. Másteres de EL PAÍS, y de Antropología de la Universidad de Sevilla.

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