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El Tribunal de Cuentas desmonta la defensa de Barberá en el ‘caso Nóos’

La fundación que contrató a Urdangarín forma parte del sector público local

Ignacio Zafra
El duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, en la edición de 2005 de Valencia Summit.
El duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, en la edición de 2005 de Valencia Summit.JUAN CARLOS CÁRDENAS (EFE)

El Tribunal de Cuentas ha desmontado la defensa de la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, ante el caso Urdangarin. Barberá ha intentado mantener alejado el escándalo de los cerca de dos millones de euros que la fundación municipal Turismo Valencia Convention Bureau concedió al Instituto Nóos del yerno del Rey, sosteniendo que se trata de una entidad privada separada del Ayuntamiento, a pesar de que la preside su número dos, el vicealcalde Alfonso Grau.

El Tribunal de Cuentas, órgano fiscalizador del sector público, echa por tierra esa teoría al señalar en un informe fechado el 23 de febrero de 2012 que la “dependencia económica” de la fundación respecto al Gobierno de Barberá, “debería llevar a considerarla como integrante de ese sector público local”. Su actividad debería ajustarse, añade, a las limitaciones que afectan al sector público, incluidos los requisitos para contratar.

Valencia suscribió con el Instituto Nóos convenios para organizar el Valencia Summit, un encuentro de expertos deportivos por el que la entidad de Urdangarin cobró importes fabulosos, en los años 2004, 2005 y 2006. Pero el Ayuntamiento no lo hizo directamente, sino a través de la fundación Turismo Valencia Convention Bureau (TVCB), que pagó cerca de dos millones de euros por los eventos. La investigación del juez de Palma José Castro ha revelado que del dinero que destinó por esta vía el Ayuntamiento —y la Generalitat, que cofinanciaba el Valencia Summit—, menos de una quinta parte está justificado con facturas, mientras que el resto se lo habría quedado el instituto del yerno del Rey.

La alcaldesa ha insistido en que la fundación es privada e independiente

El juez también ha censurado a la fundación municipal y al Consell, ambos controlados por el PP, por haber firmado los convenios “sin que fuera precedido de ningún proceso de análisis de mercado”, lo que llevó a que Nóos “ni tan siquiera se molestó en tratar de esbozar para convencer a quienes tendrían que pagarlo”. Los acuerdos, añadió el juez en el auto que estableció una fianza de 8,1 millones de euros para Urdangarin y su socio Diego Torres, violaron “de manera descarada los principios de concurrencia y publicidad para ser sustituidos por los del amiguismo y la oficiosidad”.

La estrategia de Barberá ha consistido en mantener que la fundación TVCB no depende del Ayuntamiento. Al ser privada, no tendría que ajustarse a estrictos criterios legales en la contratación. El Tribunal de Cuentas opina, sin embargo, lo contrario. El organismo solicitó datos de más de 400 fundaciones municipales españolas. De siete de ellas concluye que, pese a estar constituidas formalmente como privadas, deben ser consideradas parte del sector público. La primera de esa lista es Turismo Valencia Convention Bureau.

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El Tribunal de Cuentas la enmarca en un grupo de cinco fundaciones que cuentan “con una aportación dotacional, si bien no mayoritaria sí significativa por parte de Ayuntamientos y/o diputaciones que, además, subvencionan anualmente sus actividades en un porcentaje considerable frente a otro tipo de ingresos”. A continuación, detalla que la fundación VTCB “no se constituye mayoritariamente por el Ayuntamiento de Valencia (aporta el 25%), siendo junto con él socios fundadores la Cámara de Comercio, la Confederación Empresarial y Feria Valencia, esta última participada a su vez por el Ayuntamiento. Si bien más del 80% de los ingresos anuales se aportan por el Consistorio de Valencia”.

Acogiéndose a ese supuesto carácter privado, Barberá y su equipo de Gobierno han rechazado informar incluso de cuánto dinero municipal acabó en manos de Urdangarin y Torres. Y ello a pesar de que en 2005, por ejemplo, 95 de cada 100 euros que manejó la fundación TVCB le fueron proporcionados por el Ayuntamiento. En ese mismo ejercicio, de un presupuesto total de 5,25 millones de euros, la fundación dedicó 739.965 a gastos del Valencia Summit.

Ser un ente privado permite eludir estrictos controles en la contratación

El Tribunal de Cuentas señala en las conclusiones de su informe que las entidades “constituidas como fundaciones, bien con aportación dotacional mayoritaria de los entes locales y/o con representación mayoritaria de estos en sus patronatos y/o cuando las aportaciones posteriores a su constitución devengan esencialmente de subvenciones concedidas por las entidades locales participantes en esta, aunque dicha participación resulte minoritaria, debieran ser consideradas como parte del sector público local y, por tanto, con igual sujeción al control previsto para este”.

Que una Administración pretenda servirse del derecho privado creando y financiando entidades que persiguen fines públicos —el fin de la fundación del Ayuntamiento es “la gestión estratégica y la promoción de la ciudad de Valencia en el ámbito turístico”— no es raro. El sumario del caso Gürtel revela que la Generalitat intentó hacer lo mismo sin éxito con su Agencia Valenciana de Turismo, que contrató de forma presuntamente ilegal a empresas de la red corrupta por cinco millones de euros.

Existen, en cambio, pocos supuestos en que un Ayuntamiento se resista a aceptar el carácter público de sus fundaciones. Y menos cuando, como sucede con TVCB administra tanto dinero (en 2004, 8,9 millones). Entre los pocos casos similares que recoge el Tribunal de Cuentas se incluyen la fundación Feria Apícola de Castilla-La Mancha (del Ayuntamiento de Pastrana y la Diputación de Guadalajara) y la del Museo del Calzado de Elda (del consistorio eldense y de la Diputación de Alicante).

Un precedente en el sumario de Gürtel

El sumario del caso Gürtel contiene un intento similar, en este caso de la Generalitat, de eludir las restricciones que pesan sobre las Administraciones a la hora de contratar sosteniendo que uno de sus entes, la Agencia Valenciana de Turismo, se regía por derecho privado. Un informe de la Intervención General del Estado de 2012, sobre la contratación de dicha agencia con empresas de la trama corrupta dirigida por Francisco Correa, concluye lo contrario, reproduciendo para ello un dictamen de la Sindicatura de Comptes de 2005.

“La Agencia Valenciana de Turismo, como ya se ha venido indicando en los informes de fiscalización de ejercicios anteriores, es una entidad de derecho público dependiente de la Generalitat valenciana, financiada en su práctica totalidad por la misma y creada para satisfacer necesidades de interés general que son competencia de esa Administración autonómica, como son el fomento y la promoción del turismo valenciano”.

De ese modo, prosigue la Sindicatura, “concurren los dos requisitos establecidos” en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para que la agencia “ajuste su actividad contractual a lo dispuesto en esta ley”.

El artículo 3 de esa norma recoge los entes que estarán sujetas a la regulación. Y, a modo de red de seguridad para evitar que bajo distintas denominaciones las Administraciones burlen el control, establece que deberán ceñirse al modo de contratar del sector público: “Cualesquiera entes, organismos o entidades con personalidad jurídica propia, que hayan sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos pertenecientes al sector público financien mayoritariamente su actividad”. Como ocurre con la fundación del Ayuntamiento de Valencia.

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Sobre la firma

Ignacio Zafra
Es redactor de la sección de Sociedad del diario EL PAÍS y está especializado en temas de política educativa. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid y EL PAÍS.

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