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El 'violador de la Vall d'Hebron' saldrá de prisión el próximo sábado

La Audiencia de Barcelona ha desestimado el recurso de la Fiscalía para evitar su excarcelación, tras pasar 16 años preso

La Audiencia de Barcelona ha desestimado por segunda vez el recurso interpuesto por la Fiscalía para evitar la excarcelación y alargar la condena de José Rodríguez Salvador, conocido como el violador de la Vall d'Hebron, que quedará en libertad el próximo sábado 22 de septiembre. Rodríguez Salvador habrá cumplido entonces 16 de los 311 años a los que estaba condenado por 16 violaciones, pese a que los psicólogos que le han tratado consideran que no está rehabilitado.

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El auto de la sección quinta de la Audiencia argumenta que la petición del Ministerio Fiscal es contraria a la Constitución e "impropia de un Estado Democrático", ya que no parece "razonable" que un penado no sepa con certeza el límite de cumplimiento máximo de su pena.

"En ese caso no tendrá garantizados derechos fundamentales tales como el de la integridad moral y el de la proscripción absoluta de que se le apliquen penas o tratos inhumanos", afirma la Audiencia, que de esta manera da luz verde a la salida de la cárcel de José Rodríguez Salvador, quien fue condenado por dieciséis agresiones sexuales.

La Fiscalía había presentado en julio un recurso de súplica en el que pedía que se aplicara al recluso la denominada doctrina Parot para que los beneficios penitenciarios para este preso se aplicaran a cada una de sus condenas, en vez de al límite máximo de estancia en prisión, que en su caso es de veinte años.

El objetivo del fiscal era alargar la condena de Rodríguez Salvador, tras conocerse que los psicólogos que han tratado al condenado en la cárcel de Quatre Camins alertan en su informe de que el preso corre un alto riesgo de reincidencia futura.

Fuera de contexto

El tribunal, sin embargo, recuerda que el actual ordenamiento jurídico no permite alargar una condena por un "potencial riesgo de reiteración delictiva", y considera que la invocación de la doctrina Parot debe tomarse como un "mero instrumental sacado de contexto", ya que el tema que se plantea "no guarda mínima relación" con la misma.

En este sentido, señala que la situación jurídica de Rodríguez Salvador está "absolutamente consolidada" y que su excarcelación responde a una liquidación de condena "conforme a la legislación vigente al tiempo de su práctica y conforme a la orientación jurisprudencial que sobre la materia regía en esa época, o sea, en marzo de 1999, hace más de ocho años".

José Rodríguez Salvador fue juzgado por cerca de cuarenta violaciones cometidas entre el verano de 1990 y la primavera de 1991, pero la Audiencia de Barcelona consideró probadas sólo quince de esas agresiones. Posteriormente, fue condenado por otra violación al ser reconocido por una de sus víctimas por televisión. En 1998, sin embargo, su condena fue revisada basándose en el Código Penal de 1995 y la Audicencia fijó un límite de 20 años de cumplimiento; así, en marzo de 1999 se aprobó definitivamente la liquidación de la condena de Rodríguez, que establecía que la fecha de extinción de la condena sería la de 22 de septiembre de 2007.

La fiscalía recurrió para que se le aplicara la llamada Doctrina Parot, el recurso fue desestimadoVídeo: ATLAS

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